Sancionan reforma de la Ley que reforma la Comisión Central de Planificación.

El portal de la Asamblea Nacional, con fecha 15 de abril de 2010, anuncia que la plenaria de la AN sancionó la Ley de Reforma del Decreto 5384 con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de Creación de la Comisión Central de Planificación, iniciativa del Ejecutivo Nacional y cuyo objeto es la creación de este ente - de carácter permanente - que elaborará y coordinará los lineamientos estratégicos, políticas y planes atendiendo al Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.

La reforma obedece a las posibles contradicciones que puedan producirse entre las recién aprobadas Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno (art.2) y el reglamento Interno del Consejo de Ministros(as) Revolucionarios del Gobierno Bolivariano en su numeral 3 y la citada normativa.

Específicamente el artículo 2, se modificaron los numerales 3 y 6, el primero precisa que La Comisión Central de Planificación realizará sus funciones y ejercerá las atribuciones atendiendo a las siguientes finalidades: “(…) 3.- Orientar el establecimiento de un modelo socialista capaz de garantizar la satisfacción de las necesidades espirituales y materiales de la sociedad, para lograr la suprema felicidad social y el segundo (…) 6.- recomendar al `presidente de la República los lineamientos y políticas a ser planteadas por el Ejecutivo Nacional ante el Consejo Federal de Gobierno”

Se explica en la exposición de motivos se explica que la función de planificación fue encomendada a la Comisión Central de Planificación creada en el 2007, sin embargo con la sanción de la ley referida al Consejo Federal de Gobierno la atribución de planificación es del Consejo y por ende la transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios.

Por éste y otros motivos, se consideró conveniente y necesario repensar la vinculación y el trabajo mancomunado que debe existir entre los entes mencionados en estas normativas, es decir la Comisión Central de Planificación, el Consejo Federal, el Consejo de Vicepresidentes del Consejo de Ministros, el Ministro de Finanzas y Planificación y las respectivas Corporaciones de Desarrollo Regional.

En este sentido se modifica la conformación de la Comisión Central de Planificación, a la cual se incorporan los Vicepresidentes y Vicepresidentas Sectoriales del Consejo de Ministros.

La modificación elimina los artículos 8, 9, 10,11 y 12 de la Ley que le da atribuciones y organizan el funcionamiento de las Comisiones Sectoriales, Regionales y las Comisiones Macro sectoriales, ya que con éstas se estaría creando una estructura dependiente de la Vicepresidencia Ejecutiva, que entraría en conflicto con la estructura que se estaría creando por el Consejo Federal de Gobierno.

“Con la presente reforma se persigue garantizar la armonización y adecuación de las actuaciones de los órganos y entes de la Administración Pública, con el fin de transitar hacia una sociedad verdaderamente socialista que procure la satisfacción de las necesidades primordiales del ser humanos, con garantía de la justa distribución de las riquezas y de la lucha incansable contra la pobreza, injusticia y exclusión”, reza el documento.

La normativa al resultar sancionada, fue remitida al Ejecutivo para su promulgación.

Fuente:
http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_content&task=view&id=24562&Itemid=27

Entradas populares de este blog

El Estado Docente en el marco de la nueva Ley Orgánica de Educación.

Las sanciones previstas en la nueva LOE.

La importancia de la participación ciudadana y su reconocimiento en Iberoamerica.